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Facturación electrónica obligatoria entre empresas y profesionales

AEHTMA INFORMA | ÚLTIMA HORA

Se ha publicado en el BOE la Orden HAC/1028/2026, que regula la solución pública de facturación electrónica. Su entrada en vigor inicia el cómputo de los plazos para aplicar esta obligación.

¿CUÁNDO SERÁ OBLIGATORIA?

  • 6 de octubre de 2027: para empresarios y profesionales cuyo volumen de operaciones haya superado los 8 millones de euros en el año natural anterior.
  • 6 de octubre de 2028: para el resto de empresarios y profesionales.

¿A QUÉ FACTURAS AFECTA?

Con carácter general, a las emitidas entre empresarios y profesionales cuando el destinatario esté establecido en España: las llamadas operaciones B2B.

¿CÓMO FUNCIONARÁ?

Podrás utilizar plataformas privadas o la solución pública de la AEAT. Si emites mediante una plataforma privada, deberás remitir simultáneamente a la AEAT una copia electrónica fiel de cada factura.

Las facturas deberán tener un formato electrónico estructurado admitido por la normativa. También habrá que informar sobre determinados estados, como su aceptación o rechazo y el pago efectivo completo.

Se contemplan determinadas excepciones, entre ellas algunas operaciones documentadas mediante factura simplificada.

Consulta con tu asesor fiscal cómo afecta esta obligación a tu negocio y prepara su implantación con tiempo.

???? Consulta la publicación en el BOE:
https://www.boe.es/boe/dias/2026/10/05/pdfs/BOE-A-2026-20587.pdf